“Si una parte del territorio de un Estado miembro dejase de ser parte de ese Estado para convertirse en un nuevo Estado independiente, los Tratados ya no serían aplicables en dicho territorio. Es decir, un Estado nuevo e independiente, debido a esta independencia, se convertirá en un tercer Estado con respecto a la UE”.
Este era parte del texto que la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, tras recibir respuesta de la Comisión Europea, envió al Ayuntamiento de El Masnou el pasado mes de octubre y que éste ha ocultado durante meses a la opinión pública. El largo texto era la respuesta a tres peticiones que el propio Ayuntamiento de El Masnou y personas particulares le habían remitido relacionadas con la independencia de Catalunya.
La respuesta de la Comisión Europea – que reproducimos en su totalidad- habría quedado archivada y habría pasado desapercibida de no ser por que el pasado mes de mayo uno de los entonces regidores del Partido Popular, tras enterarse de su existencia, pidió en el apartado de ruegos y preguntas del pleno municipal que se le diera difusión pública. “La misma difusión, al menos, que la que tuvo en su día la presentación de la petición”, nos señala el dirigente local del PP, Antoni Marset. Aquella pregunta provocó malestar en el grupo de gobierno, pero no obtuvo respuesta. Cuatro meses después las palabras de la Comisión Europea siguen sin ser comunicadas oficialmente por parte del Ayuntamiento a los grupos municipales de El Masnou o a la opinión pública.
La petición presentada ante el Parlamento Europeo por el Ayuntamiento de El Masnou en 2013 era firmada por el entonces alcalde del municipio, Pere Parés y fue aprobada en un pleno municipal con los 11 votos de CiU y ERC. En esta moción – que recibió tras ser aprobada en pleno una amplia publicidad a través de los medios- el peticionario se pregunta “cómo es posible que se amenace a los catalanes, que en la actualidad son ciudadanos europeos, con perder su ciudadanía en caso de que Cataluña se convierta en un estado independiente por medio de un proceso democrático”. La moción recordaba al Parlamento Europeo “que sus diputados son elegidos directamente por los ciudadanos europeos y, por tanto, representan a los ciudadanos y no a los Estados miembros”. La petición también pedía al Parlamento Europeo “que no acepte ni tolere tales amenazas contra ciudadanos europeos”
La respuesta completa de la Unión Europea a la cuestión de la independencia y la pérdida de la nacionalidad europea que podría comportar y que el Ayuntamiento de El Masnou no ha dado a conocer es la siguiente:
“No es responsabilidad de la Comisión adoptar una postura sobre un asunto de organización interna relacionado con los acuerdos constitucionales de un Estado miembro en concreto.
Las situaciones como la separación de una parte de un Estado miembro o la creación de un Estado nuevo no serán neutrales en lo que concierne a los Tratados de la UE. A petición de un Estado miembro que detallase una situación concreta, la Comisión expresaría su opinión sobre las consecuencias legales de la misma con arreglo a la legislación de la UE.
Como ya ha confirmado la Comisión en la respuesta a diversas preguntas parlamentarias, la UE se fundamenta en los Tratados, que únicamente son aplicables a los Estados miembros que los han aprobado y ratificado. Si una parte del territorio de un Estado miembro dejase de ser parte de ese Estado para convertirse en un nuevo Estado independiente, los Tratados ya no serían aplicables en dicho territorio. Es decir, un Estado nuevo e independiente, debido a esta independencia, se convertirá en un tercer Estado con respecto a la UE.
Dc conformidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, cualquier Estado europeo que respete los principios establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea podrá solicitar el ingreso como miembro dela UE. Si el Consejo acepta la solicitud por unanimidad, el Estado solicitante y los Estados miembros negociarán un acuerdo en el que fijen las condiciones de admisión y las adaptaciones que esta admisión supone en lo relativo a los Tratados. Dicho acuerdo se someterá a la ratificación de todos los Estados miembros y del Estado solicitante.
De conformidad con el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), únicamente las personas que ostenten la nacionalidad de un Estado miembro serán ciudadanos de la UE. La ciudadanía de la UE se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.”