La Audiencia de Barcelona ha absuelto a dos jóvenes, uno de ellos vecino de Mataró y el otro de Lleida, por un delito de tenencia de explosivos. La fiscalía, en sus conclusiones provisionales, pedía para ambos una pena de cuatro años. En la resolución, la sección quinta razona que los 2,5 gramos de clorato sódico y otro producto que uno de los chicos llevaba en la chaqueta y que entregó a una agente de los Mossos en un registro, «no tiene consistencia ni potencia para causar daños a terceros o a sus bienes «. El magistrado Enrique Rovira del Canto, ponente del tribunal, además, expone que faltan pruebas para asegurar que los dos chicos que caminaban por las calles de Barcelona y entraron en un cajero, querían hacer daños en esta zona. Añade que «no es suficiente» que una agente expusiera estas sospechas porque «no hay otros testigos ni otras pruebas periféricas» contra ellos.