En la democracia actual el poder está legitimado por las urnas; sin embargo, en Cataluña, desde el discurso oficial nacionalista parece que vivamos en otras épocas, pues su obsesión es buscar esa legitimación a través de la historia. Según estas tesis, las centurias son las que deberían reconocernos nuestros derechos, basándose en la tradición y en la antigüedad histórica. Estas prácticas recuerdan a los antiguos monarcas, cuyos derechos al trono provenían únicamente de la antigüedad de su linaje lo que les otorgaba el derecho divino.
Las teorías nacionalistas, avaladas evidentemente por la Generalitat de Catalunya, en esa reconstrucción de la historia que sufrimos, basan su legitimación en la fuerza del pasado. Como son argumentos totalmente caducos, en algunos casos es indispensable tergiversar la historia para que responda a sus necesidades. Un claro ejemplo de esta adecuación la pudimos escuchar en el último pleno de investidura del parlamento catalán, donde durante escasos minutos se hizo referencia a la historia medieval catalana. El presidente de la Generalitat entrante, Carles Puigdemont, exalcalde de la ciudad de Gerona, quiso remarcar la importancia de su provincia y el papel de sus gentes en algunos episodios de la historia. Por este motivo, adquirió protagonismo Berenguer de Cruïlles, obispo de Gerona entre los años 1349 y 1362, ya que, según las tesis nacionalistas, se trata del primer presidente de la Generalitat, remontando así este título al siglo XIV.
La razón de esta nueva obsesión por numerar a los presidentes catalanes es bastante reciente, del año 2003, cuando se publicó una obra, Historia de la Generalitat de Catalunya i els seus presidents, donde aparecía un listado de los presidentes de la Generalitat de Catalunya, evidentemente financiada por la misma institución. La intención era que fuera muy divulgativa, y para ser más comprensible dejaron un poco de lado el rigor histórico y llamaron a todos los diputados “presidents” de la Generalitat.
Sin embargo, cuando uno conoce realmente la historia medieval catalana, se encuentra con que las cosas no fueron del todo como desde el discurso oficial se afirma. Efectivamente, el nacimiento de la Diputación del General, así era como se llamaba en la Edad Media a la Generalitat, se determina en el año 1359 en las Cortes de Cervera. Fue en ese momento cuando su funcionamiento comenzó a ser continuado. Su misión era encargarse de recoger y administrar el donativo de las Cortes destinado al monarca, quien en esos momentos lo necesitaba para financiar la guerra en Castilla. En esa primera época se nombraron doce personas pertenecientes a los cuatro brazos que representaban a la sociedad. Los elegidos se llamaban diputados y entre los eclesiásticos se encontraba el obispo de Gerona, Bernat de Cruïlles, quien por ostentar dicho título, y siguiendo la jerarquía protocolaría, se colocaba por encima de los demás, pero no por tener mayores funciones. En la Edad Media ni existía el cargo de presidente ni la institución se asemejaba a la actual.
La misión de este listado era demostrar el derecho del presidente catalán a ejercer su poder en Cataluña gracias a su herencia histórica a través de su entronque con la Edad Media. Y la la lista ha cumplido y cumple sus objetivos. El primero en estrenarla fue el presidente Mas, quien se nombró orgulloso 129 presidente de la Generalitat. Con estas tres cifras se sentía legitimado por la historia para atribuirse mayores competencias de las que le correspondían como presidente autonómico. Y lo utilizó como argumento para afirmar que la legitimidad de la Generalitat provenía de la Edad Media y no de la Constitución de 1978. Sin duda, los delirios de grandeza en un presidente de una región española resultan preocupantes porque le llevan a realizar afirmaciones desacordes con la realidad.
Por diversos motivos estos argumentos son anacrónicos en los tiempos actuales. En un estado democrático como España resulta inconcebible buscar la legitimidad en otras épocas, pues es la Constitución Española la que otorga la potestad a todos los presidentes autonómicos. La búsqueda de los derechos en el pasado es propia de otros tiempos, cuando el poder no era ni democrático ni constitucional. Por tanto, no deberíamos aceptar estas tesis creadas en las instituciones catalanas porque son incompatibles con los derechos de los estados democráticos del siglo XXI.
Vera-Cruz Miranda
Doctora en Historia.