El Ayuntamiento de Arenys de Munt se ha puesto manos a la obra para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que considera que la mezquita local no puede funcionar en el barrio del Pi Gros. El pasado sábado se llevó a cabo una reunión entre representantes municipales y de la asociación Annour para valorar la sentencia y ver las fórmulas para darle cumplimiento. El alcalde de Arenys de Munt, Joan Rabasseda, y la concejala de Cooperación, Àngels Castillo, se reunieron con el vicepresidente de la entidad musulmana, Bachir Hamanou y otros miembros de la Junta.
“El gobierno municipal dará cumplimiento a esta sentencia, como hace con todas las sentencias derivadas del ordenamiento jurídico y acordó, en la reunión del sábado 6 de febrero, colaborar con la entidad Annour a fin de encontrar un mejor emplazamiento con más capacidad en Arenys de Munt”, señalan desde el Ayuntamiento de Arenys de Munt.
Recuerdan también que en el planeamiento urbanístico “ya se iniciaron los cambios para incluir el uso religioso en la zona industrial y permitir la instalación de centros de oración”.
Finalmente, desde el gobierno local, se manifiesta “la voluntad de continuar la relación fluida con la comunidad islámica, como ya hizo cediendo la Sala Municipal para el primer encuentro para la oración cristiana musulmana, así como para celebraciones como el Ramadán y otros”
El Ayuntamiento de Arenys de Munt concedió en 2009 la licencia a la actividad de la Mezquita en el barrio del Pi Gros de acuerdo con el criterio del gobierno y los informes técnicos. Los vecinos, pero, consideraban que la licencia a la mezquita no se ajustaba a la norma en cuestiones como la ventilación o los ruidos del local. En 2013 una primera sentencia dio la razón a los vecinos, pero el ayuntamiento presentó recurso ante el TSJC. En la sentencia definitiva del TSJC de finales de 2015 el juez considera que, efectivamente el ayuntamiento tiene razón en cuanto a los aspectos relacionados con la ventilación y los ruidos, pero en cambio considera que la licencia otorgada vulnera el régimen establecido de aparcamientos y, por tanto, esta actividad no se puede llevar a cabo en el barrio del Pi Gros.
Según informa el Ayuntamiento, la resolución judicial se ha puesto en conocimiento de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Generalitat para que se valore y se tenga en cuenta lo que puede representar a partir de ahora.